Solicitan al Ministerio de Agricultura evitar cargas y costes administrativos injustificados a los titulares de los núcleos zoológicos.

La Real Federación Española de Caza (RFEC) y la Asociación de Rehalas Regionales Caza y Libertad (ARRECAL) han presentado alegaciones al proyecto de Real Decreto por el que se establecen las normas básicas de ordenación de los núcleos zoológicos.

Hemos de informar con carácter previo, que se considera núcleo zoológico a todo centro, establecimiento o instalación que aloje, mantenga, crie o venda animales, sea esta su actividad principal o no e independientemente de que tenga finalidad mercantil y de que carezca de una ordenación específica como explotación ganadera. En el mundo de la caza están principalmente afectadas las rehalas y los criadores de perros.

La RFEC, como la entidad del colectivo cinegético que agrupa al mayor número de titulares de núcleos zoológicos, ha desarrollado este trabajo sinérgico y multidisciplinar con ARRECAL, la asociación de rehaleros más importante de España, al ser las rehalas uno de los principales colectivos afectados.

Ambas han argumentado estas alegaciones en la proporcionalidad basada en un análisis del riesgo (no estrictamente zoosanitario, sino también en correlación con la protección animal, la salud pública, la seguridad ciudadana, el desarrollo rural, etc.), con el objetivo de evitar cargas y costes administrativos injustificados a los titulares de los núcleos zoológicos.

Dentro de las reivindicaciones del sector cinegético destacan, entre otras, excepcionar del registro y ordenación como núcleo zoológico a instalaciones de bajo riesgo zootécnico-sanitario (por ejemplo, aficionados a la cetrería, perdiz con reclamo, ferias de caza, etc.); diferenciar criadores profesionales de la cría que realizan los cazadores para la propia reposición sin ánimo de lucro; armonización estatal de las condiciones de ubicación para evitar agravios comparativos interautonómicos; precisión sobre elementos estructurales; evitar duplicidades administrativas en los libros de registro; regulación específica de la formación de personal según la tipología de núcleo-capacidades censales, etc.; evitar situaciones de inseguridad jurídica en el régimen de perros potencialmente peligrosos en el mundo rural; precisión en clasificación y números de ejemplares en las diferentes tipologías de los núcleos…

Tanto la RFEC como ARRECAL consideran muy necesario que el Ministerio de Agricultura, siguiendo la línea de trabajo y cooperación técnica llevada hasta el momento en los ámbitos vinculados a la gestión cinegética, tenga en cuenta estas alegaciones formuladas desde la experiencia multidisciplinar de los técnicos, veterinarios y jurídicos de ambas entidades.