embarazo 2

En 2015 más de 75.200 mujeres trabajadoras, a nivel nacional, se han beneficiado de la prestación por Riesgo durante el Embarazo, cubierta por las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.

Durante el pasado ejercicio 2015 las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, han reconocido a 3.936 mujeres trabajadoras de la Comunidad Autónoma de Castilla y León la prestación por Riesgo durante el Embarazo, por un importe de 15.407.620 euros, un 4,16% más que el año anterior, lo que representa el 4,7% del importe abonado en todo el territorio nacional.

Durante 2015, a nivel nacional, más de 75.200 mujeres trabajadoras embarazadas han accedido a este subsidio abonado por su Mutua, lo que ha supuesto el pago de más de 326,9 millones de euros en prestaciones económicas. Los procesos de Riesgo durante el Embarazo respecto al año anterior han aumentado un 7,68%, pasando de 69.899 a finales de 2014 a 75.267 procesos en el mismo periodo del ejercicio 2015.

Desde que las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social se hicieron cargo, en marzo 2007 y hasta diciembre de 2015, de la prestación por Riesgo durante el Embarazo, más de 475.000 mujeres trabajadoras a nivel nacional han accedido a la misma, habiendo recibido un total de 2.121,94 millones de euros en prestaciones económicas.

Por otro lado, el número de procesos relativos a la prestación por Riesgo durante la Lactancia Natural, a nivel nacional, han aumentado un 16,95% entre los ejercicios 2014 y 2015, pasando de 590 procesos en 2014 a 690 a finales del el ejercicio 2015, lo que ha supuesto que las Mutuas hayan abonado más de 6,10 millones de euros, un 7,82% más respecto al ejercicio anterior.

Estas prestaciones tienen como objetivo proteger a la trabajadora embarazada y al feto, en caso de embarazo, o hijo, en caso de lactancia natural, cuando no existan en la empresa puestos de trabajo compatibles con su situación de embarazo o lactancia natural. Por ello, cuando el cambio de puesto de trabajo no resulta técnica u objetivamente posible o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados, se produce una suspensión del contrato de trabajo, durante la cual la trabajadora tiene derecho a percibir un subsidio a cargo de su Mutua Colaboradora con la Seguridad Social.

La cuantía de estas prestaciones asciende al 100% de la base reguladora por Incapacidad Temporal derivada de Contingencias Profesionales, las cuales son financiadas por las cuotas por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales que los empresarios y los trabajadores Autónomos pagan a la Seguridad Social.

Para sufragar esta prestación, las Mutuas han destinado en 2015 el 5,37% de las cuotas devengadas por Accidente de Trabajo, cuotas que más de 1.439.577 empresas han confiado a las Mutuas, para la cobertura de las Contingencias Profesionales de sus trabajadores, el 98,37% del total de empresas españolas.

Fuente: AMAT