Debemos ir a todas partes como:

 

1°) ciudadanos regionales leoneses.

2°) ciudadanos españoles.

3°) ciudadanos europeos.

 

Estamos en un aquí de nuestra Región Reino Leonés, de la España Nación y de la Unión Europea, además de situación universal, que es algo más, asi lo queremos entender, que manejar respectivamente los 38.363 km², los 505.990 km² , los 4.233.255 km²  o los  510.072.000 km².

 

El término “ciudadanía”, sabido es que proviene de la expresión en  latín ‘civitas’, que se atribuye y significa ciudad.

 

Tendríamos  por consiguiente, que “la ciudadanía”  se adscribe, desde lo que se ha definido,  como la situación y/o condición que se atribuye/otorga:

 

1°)  singularmente al individuo/ciudadano 

2°) o la de pertenecer a un conjunto grupal humano de sociedad/comunidad.

 

[Tengamos a mano la Constitución Española que en su Preámbulo habla de los Pueblos de España y a fecha del 6-12-1978, y no, ¡y nunca!, de una fecha posterior] 

 

En la segunda acepción se puede estimar que tal grupo -.-:sociedad/comunidad -.- este

 

1°) explicitamente organizado

2°) implícitamente organizado

 

[Veanse escalas: regional, nacional, continental y universal]

 

La ciudadanía se entrelaza, y por ello traba connotación,  en  sus significantes más frecuentes, con las fuentes de “los valores de las personas” y como estos están ampliamente ligados al Derecho (tanto a lo jurídico como a lo legal).

 

[Recuérdese que ya, en el año  1931, en el “todo SaZaLe’41”, ya eramos aquí, tanto ciudadanos regionales leoneses como, ¡y de siempre!, ciudadanos españoles, y claro esta tambien ciudadanos europeos y por supuesto ciudadanos universales].

 

 Haciéndolo con singular incidencia y de forma especialmente reflejada a los derechos integrales (sociales, políticos, culturales, económicos y antropológicos) de los individuos.

 

[Tengamos muy en cuenta que ya antes, y en el aquí de la Corona Leonesa, el zamorano Alfonso IX instruyó “los DECRETAS” en el año 1188 y preludió la Consideración Universal de los Derechos Humanos]

 

Desde tales derechos integrales los individuos tienen unos reconocimientos explícitos  en su Nación y en el Estado que la organiza, posibilitando su intervenir en los asuntos públicos y/o del Estado. 

 

[Diversas intervenciones preliminares, despues del  universal “leonés año de 1188”, y con revoluciones muy sangrientas incluidas, llegamos a la DUDDHH  del 10-12-1945]

 

Por ello, y en la consideración de esta perspectiva, la significación de la ciudadanía, sea singular y/o grupal, adquiere el  equivalente al “acotado  conjunto de los derechos y los deberes” por los cuales, y en su explícita formalización, todas  las personas de un determinado entorno se mantienen/sostienen/conllevan en su (inter)relación ambiental con la sociedad (en sus varias formas) en la que (con)viven.

 

Tal situación puede imponer diferencias entre la situación interna y la externa dentro de cada sociedad ambiental, así como promulgación de códigos de nivel interrelacionantes, en los que el ejercicio de una ciudadanía concreta lleve aparejado la comportación adherente de otras, dando lugar a la más amplia significación de las especificidades de  la personalidad de cada individuo.

 

[No olvidemos, ni por un momento, que seguimos aquí: ,Estamos en un aquí de nuestra Región Reino Leonés, de la España Nación y de la Unión Europea, además de situación universal, que es algo más, asi lo queremos entender, que manejar respectivamente los 38.363 km², los 505.990 km² , los 4.233.255 km²  o los  510.072.000 km².” Pues todo el asunto lo complican en la centralidad -.- y/o lobby’s de la misma -.-, cuando por “intereses que nos son totalmente ajenos”, dejamos de valorar, adecuada y pertinentemente, “nuestro aquí”.]

 

La ciudadanía, en nuestra consideración, y con ser ello muy importante y trascendente, no sólo y exclusivamente se asienta en el consabido derecho al voto, en la igualdad de su libre ejercicio individualizado y de su carácter de secreto, la pluralidad política, el aportar una nacionalidad o el conllevar disfrutes concretos de bienestar, seguridad económica, patrimonios y estándares de vida, también en la integral acción participativa en la normalidad de los entornos de convivencia de proximidad y en la calidad de vida de los mismos.

 

Tendremos que considerar, y a todos los efectos, lo que siempre tendría que haber sido la acción participativa aquí. Incluso puede que, si ello hubiera tenido ocasión y lugar, incluso ahora, con todo lo que ha caído, que es mucho, incluso fuéramos aquí, en el “todo SaZaLe’41”, y por neta y simple aplicación de soluciones civiles, muchísimos más. ¡Seguro!.

 

Todo es cuestión de ciudadanía aplicada.

 

¡¡¡ adelante leoneses !!!

 

Francisco Iglesias Carreño

Presidente PREPAL