La Junta de Castilla y León ha publicado las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al sector cultural y de la enseñanza de español para extranjeros de Castilla y León para hacer frente a la crisis ocasionada por el COVID-19.

Las subvenciones tendrán por finalidad dotar de liquidez a las empresas de las industrias culturales y creativas que por motivo de la emergencia sanitaria derivada del COVID-19 están pasando dificultades económicas por la falta de ingresos en el sector.

Las subvenciones financiarán los siguientes gastos de empresas de las industrias culturales y creativas de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes a los establecimientos radicados en la misma:

  1. Los derivados de los suministros de electricidad, agua, gas, calefacción y teléfono.
  2. Los de mantenimiento de instalaciones, equipamientos, seguridad y maquinaria.
  3. El alquiler de locales, o en su caso hipotecas de los establecimientos donde se desarrolle la actividad. En el caso de hipotecas, el gasto subvencionable no podrá superar el 25 por ciento del gasto subvencionable total.
  4. Las cuotas por pertenencia a alguna asociación del sector cultural.
  5. El material de oficina.
  6. Los seguros.
  7. Los gastos de asesoría fiscal, contable o legal relacionados con el COVID-19.
  8. Los de mantenimiento de los programas informáticos (actualizaciones desde el punto de vista funcional, legal y tecnológico; mantenimientos evolutivos, mantenimientos correctivos, mantenimientos de infraestructura, renovación de licencias etc.), garantías, seguros y cánones del equipamiento informático, los gastos de conectividad, los servicios de alojamiento web (alta, mantenimiento) así como registro, renovación y gestión de dominios.
  9. Los gastos correspondientes a publicidad on-line y, en general, gastos correspondientes a posicionamiento o incremento de presencia en internet.
  10. Gasto de amortización de bienes de equipo y cuotas de bienes de equipo contratados en renting o leasing, sin tener en cuenta los gastos financieros.

No tendrán la consideración de gastos subvencionables:

  1. Los gastos de personal.
  2. Los gastos correspondientes a suministros de materiales y servicios propios de su actividad, como gastos de alojamiento, manutención y viajes de los equipos técnicos y artísticos, gastos de derechos de autor, de producción de escenografías, vestuarios, atrezos, etc.

Podrán obtener la condición de las empresas culturales establecidas en la Comunidad de Castilla y León. Se entiende por empresas culturales a las personas físicas y jurídicas y las comunidades de bienes cuando al menos uno de los miembros esté establecido en la Comunidad de Castilla y León y cumplan los requisitos previstos en estas bases reguladoras, que, en nombre propio y de manera habitual y con ánimo de lucro, se dedican a la prestación de algún bien o servicio en los ámbitos del audiovisual y multimedia, de las artes escénicas y musicales, del libro y las bibliotecas, de los archivos y el patrimonio documental, de las artes plásticas y los centros museísticos, de la gestión cultural y de la promoción cultural. En cualquier caso, quedan excluidas las entidades públicas y las que carezcan de ánimo de lucro. También las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas, jurídicas con implantación en Castilla y León, y las comunidades de bienes cuando al menos uno de los miembros esté establecido en la Comunidad de Castilla y León, dedicadas a la enseñanza del español para extranjeros radicados en la Comunidad de Castilla y León.

La cuantía individualizada de cada subvención se obtendrá detrayendo del importe total de los justificantes de gasto presentados los gastos no subvencionables, no pudiendo ser inferior a 500 € ni superior a 2.000 €.

Las solicitudes se presentarán, cuando se publique la convocatoria, telemáticamente junto con la documentación, en el plazo y según los modelos normalizados, que se establezcan en la convocatoria, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, accesible desde la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en la dirección https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es