El concejal de Seguridad y Movilidad, Fernando Salguero, ha presentado esta mañana en la Comisión Informativa de Seguridad Ciudadana la ‘Ordenanza de Circulación y Seguridad Vial de Peatones y Ciclistas’. Una nueva normativa municipal que ha recogido en su articulado las aportaciones realizadas por los distintos grupos políticos con representación en el Consistorio, así como la de aquellas asociaciones interesadas en esta materia, como ‘León en Bici’ o el ‘Club Patinaje de León’.

La aprobación inicial de la nueva ‘Ordenanza de Circulación y Seguridad Vial de Peatones y Ciclistas’ ha recibido esta mañana el visto bueno de todos los grupos políticos con representación municipal en la Comisión Informativa de Seguridad Ciudadana. De esta manera, comenzará el trámite de información pública, con 30 días a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) en los próximos días.

Salguero ha explicado que esta ordenanza pretende “favorecer la convivencia y la seguridad vial entre los diferentes elementos del tráfico, estableciendo una regulación concreta y detallada de la circulación de los peatones, las bicicletas y otros elementos que pueden ser de difícil encaje dentro de la estructura de movilidad deseable para la ciudad de León, como pueden ser los monopatines, los patinetes, los ‘segways’, etc. Nuevos medios de transporte (conocidos como Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que, por sus distintos usos, la energía utilizada para su movimiento y la ausencia de normativa específica, necesitan que los ayuntamientos impongan un cuadro normativo”.

El concejal de Seguridad y Movilidad ha destacado el apoyo de los distintos grupos políticos municipales así como de asociaciones como ‘León en Bici’ o el ‘Club de Patinaje de León’, que han aportado a esta ordenanza sus diferentes inquietudes e ideas.

La nueva ordenanza está dividida en los siguientes títulos:

  • Disposiciones Generales (con el ámbito de aplicación y la señalización de las vías).
  • De los peatones (con especial hincapié en el tránsito peatonal, las zonas de prioridad peatonal y el tránsito con patines, monopatines y vehículos de movilidad personal). Resalta la prioridad de éstos en la circulación urbana y recopila las normas sobre limitaciones a la circulación en zonas peatonalizadas y, en especial, en el Casco Histórico
  • De las bicicletas (la circulación, uso y registro). Este título se centra en un modo de transporte preferente, por sus cualidades sostenibles, saludables y sociales, que mejoran cuantitativa y cualitativamente el ambiente urbano, al nuevo auge de este modo de transporte y también a los potenciales conflictos que su aumento de uso pudiera generar. Se regula la circulación de bicicletas en calzada, en las vías específicas para ciclistas y en las zonas de prioridad peatonal.
  • La circulación, parada, estacionamiento y actuaciones puntuales en áreas peatonales y vías ciclistas. Conscientes de que las aceras y espacios peatonales no son lugares para la circulación de vehículos esta regulación busca compatibilizar la promoción de la bicicleta y otros elementos de movilidad personal como alternativa de movilidad urbana con la preservación de la calidad estancial, la defensa del espacio público en los entorno urbanos y la protección de la movilidad peatonal; regula la circulación, parada y estacionamiento sobre áreas peatonales y vías ciclistas. Además, establece la obligación de obtener permiso para ocupar puntualmente o excepcionalmente las zonas de uso exclusivo peatonal y/o ciclista.

La circulación en bicicleta por espacios con prioridad peatonal, en todo caso, estará condicionada a que no ponga en riesgo la calidad estancial del espacio público ni el tránsito peatonal. De hecho, está previsto que en determinadas calles y horarios, atendiendo a criterios de seguridad y compatibilidad con otros usos, se prohíba la circulación en bicicleta por espacios con prioridad peatonal, exceptuando la de los elementos conducidos por personas con discapacidad o por personas menores de 12 años acompañados de un adulto a pie. Se desarrolla la ordenanza para que en determinadas calles señalizadas como zona 30 las bicicletas puedan circular a contramano. Esto mejorará la permeabilidad de la ciudad para la bicicleta y por tanto ofrecerá una ventaja competitiva a la bicicleta, que asume en tal caso la consideración de vehículos preferente, frente a otros vehículos.

  • Y el régimen sancionador, que incluye tanto las infracciones como las sanciones y las diferentes medidas cautelares. El régimen sancionador tiene como finalidad mejorar la convivencia entre los distintos modos de circulación, para lo que se podrán desarrollar medidas reeducadoras con la educación vial y la movilidad urbana sostenible como fines. Por lo tanto las sanciones económicas se ejecutarán como último recurso para educar a la persona infractora.

Esta ordenanza supone una acción fundamental dentro del Plan Integral de Movilidad Urbana Sostenible de la ciudad de León, aprobado en junio de 2014,  para mejorar la accesibilidad y movilidad de las personas y mercancías, potenciando sistemas de transporte más respetuosos con el entorno. Así lo recoge esta ordenanza, que reconoce que los desplazamientos a pie y en bicicleta son modos de transporte ecológicos, eficientes, sostenibles y especialmente adecuados para León y que, por lo tanto, merecen tener una protección y consideración especiales para fomentar su uso.

Salguero ha subrayado que para elaborar esta normativa se han tenido en cuenta objetivos como “promover los medios de transporte sostenibles, fomentar la seguridad vial, encajar las infraestructuras existentes con los usos y necesidades actuales y futuras, y establecer normas, delimitar derechos y obligaciones entre los distintos colectivos que minoren las posibles fricciones entre ellos”.

Exposición pública

El expediente estará a disposición de los interesados para su examen o consulta en las dependencias de la Policía Local (Unidad Administrativa) del Paseo del Parque, de lunes a viernes en horario de 09.00 a 14.00 horas.

Si en este trámite no se formula ninguna reclamación o sugerencia, la Ordenanza se entenderá definitivamente aprobada.