2016-08-09 Campaña control alcohol y drogas1Durante los tres próximos días, coincidiendo con el puente festivo del 15 de agosto, uno de los fines de semana con más movimiento de vehículos del año, la Dirección General de Tráfico realizará  una campaña especial de vigilancia y concienciación sobre el riesgo que supone el consumo de sustancias psicoactivas y la conducción.

Entre el 12 y el 14 de agosto, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (ATGC) intensificarán los controles sobre este factor de riesgo causante de casi un tercio de los accidentes mortales. Para ello, se establecerán diferentes  puntos de control en todo tipo de carreteras y a cualquier hora del día, donde se realizarán más de 25.000 pruebas diarias de alcoholemia y drogas a los conductores que circulen por ellas.

En Castilla y León se establecerán más de 700 puntos de control y se realizarán e torno a 3.000 pruebas diarias.

Se pondrá especial énfasis en los colectivos policonsumidores,  aquellos conductores que se ponen al volante y que consumen habitualmente alcohol y/o drogas.

Con el objetivo de que la campaña se generalice también en las vías urbanas, Tráfico ha invitado a los ayuntamientos de más de 25.000 habitantes para que se sumen a la campaña, con el establecimiento de controles en sus respectivos cascos urbanos.

Con este tipo de campaña se quiere crear una mayor concienciación entre los conductores de que no solamente el alcohol y la conducción es un binomio peligroso, sino que también las drogas y la conducción son en numerosas ocasiones sinónimas de muerte.

A TENER EN CUENTA

  • La DGT en los primeros cinco meses del año ha realizado 33.324 pruebas para detección de drogas de las cuales resultaron positivas 11.849, es decir el 35,6 %. De alcohol se han realizado 2,1 millones de pruebas, resultando positivas 29.476, el 1,39%. Es decir que 325 conductores circulaban bajo influencia de drogas o alcohol.

En Castilla y León de enero a mayo de 2016 se realizaron 4.157 pruebas de detención de drogas y fueron positivas 1.175, 28,27 %. De alcohol se realizaron 13.090 pruebas con un resultado positivo de 2.068, un 15,80 %. Un total  3.243 conductores circulaban bajo influencia de drogas o alcohol, un 18,80%.

  • El 43,10% de los conductores fallecidos en 2015, en accidente de tráfico en carretera durante el pasado año y que fueron analizados por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencia Forenses (INTCF) dio positivo en alcohol, drogas y/o psicofármacos.
  • De entre los fallecidos al volante que dieron un resultado positivo en las diferentes sustancias analizadas (275 conductores del total) el 66,91% había ingerido alcohol; al 31,64% se le detectó algún tipo de droga y un 26,55% había consumido psicofármacos.
  • Los datos reflejan un aumento del consumo de alcohol, psicofármacos y drogas entre los fallecidos en carretera comparados con los resultados de la memoria de 2014. La presencia de alcohol ha aumentado del 26,22% en 2014 al 29,31% en las víctimas de 2015; los positivos de psicofármacos han pasado del 10,74% al 11,44%, y se mantiene la ingesta de drogas, que pasó del 13,35% al 13,64 %.
  • El 70% de los conductores fallecidos con alcoholemia positiva presentó una tasa de alcohol superior a 1,2 g/L, un porcentaje que se eleva al 74,46% en el caso de los atropellados.
  • En los positivos por drogas, la sustancia más detectada entre los conductores ha sido la cocaína (49,43% de los positivos) seguida del cannabis (43,68%) y los opiáceos derivados de la morfina (13,79%).
  • En el caso de los peatones fallecidos, el 46,37% del total de los 179 casos analizados dio resultado positivo, de los cuales el 56,63% había consumido alcohol, el 39,76% psicofármacos y el 33,73% algún tipo de droga.
  • El último estudio de prevalencia de consumo de sustancias psicoactivas elaborado por la DGT durante el año 2013 concluye que conducir después de haber consumido sustancias psicoactivas es un hecho frecuente en España, alcanzando a doce de cada cien conductores.

 Alteraciones que producen y efectos de las drogas en la conducción:

  • El alcohol es absorbido rápidamente en sangre y afecta al cuerpo de diferentes maneras tales como reacciones y movimientos más lentos; problemas de coordinación, dificultades de concentración, incremento de la somnolencia…

¿QUÉ DICE LA LEY?

  • Vía administrativa: La Ley de Seguridad fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores. Así como la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.

 

Tasas máximas del alcohol permitidas para conducir

 

 

CONDUCTORES

 

LÍMITE EN SANGRE

 

LÍMITE EN AIRE ESPIRADO

 

(1) GENERAL

 

0’5 gr./l

 

0’25 mg/l

 

(2) PROFESIONALES

 

0’3 gr./l

 

0’15 mg/l

 

(3) NOVELES

 

0’3 gr./l

 

0’15 mg/l

 

 

 

 

  • Vía Penal: El capítulo IV del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas.

 

DELITO

PENAS

 

 

ALCOHOL

Tasas superiores a:

– 0.60 mg/l en aire.

– 1,2 gr/l en sangre.

 

Prisión de tres a seis meses o  multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30  a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

Negativa a someterse a las pruebas.

Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Todos los informes, estudios  y estadísticas de las que se disponen sobre alcohol/drogas y conducción llevan a un mismo objetivo que es el de evitar que ciudadanos que hayan ingerido cualquier sustancia psicoactiva se pongan al volante.

 

Por este motivo,  la Ley de Seguridad Vial  contempla para los conductores reincidentes, tomados como tales aquellos que hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol,  la sanción de   1.000€.

 

Esta misma sanción de 1.000€ se aplica también a aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.

 

En el caso de las drogas, la ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción catalogada como muy grave está castigada con una sanción de 1.000 € y la retirada de 6 puntos.

 

 

 

PRESENCIA

DE DROGAS

 

 

1.000 euros y 6 puntos

Sanciones (Vía administrativa)

TASA

SANCIÓN

 

 

 

 

ALCOHOL

 

Más de 0,25mg/l y hasta 0,50mg/l

 

 

500 euros y 4 puntos

 

Más de 0,50 mg/l

 

1.000 euros y 6 puntos

 

Reincidentes

1.000 euros y 4 o 6 puntos (dependiendo de la tasa dada)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Penas (Vía penal)

DELITO

PENAS

 

 

DROGAS

Conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas

 

Prisión de tres a seis meses o  multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30  a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

Negativa a someterse a las pruebas

Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años